Brasil y España fortalecen su cooperación fiscal y aduanera

Brasil y España fortalecen su cooperación fiscal y aduanera

27.06.2016

Una declaración común de intenciones servirá para elaborar un programa de trabajo conjunto para mejorar la transparencia y el intercambio de información

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, y el secretario de Ingresos Federales del Brasil, Jorge Rachid, firmaron una declaración común de intenciones sobre cooperación en materia tributaria y aduanera entre ambos países.

España ya tiene suscrito con Brasil un convenio, firmado en 1974 y actualizado en 2003, para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Además, en abril de 2015 España inauguró la Consejería de Finanzas en Brasil, con la que se mantiene contacto con las administraciones brasileñas y se apoya tanto a las inversiones españolas en Brasil como a las empresas brasileñas con intereses en España.

Esta nueva Declaración servirá de plataforma para intercambiar experiencias y mejores prácticas en el ámbito tributario, así como en el aduanero. Fomentará la cooperación entre la Dirección General de Tributos, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), el Instituto de Estudios Fiscales (IEF) y la Dirección General del Catastro de la Secretaría de Estado de Hacienda español, junto con la Consejería de Finanzas en Brasil y los distintos departamentos de la Secretaría de los Ingresos Federales de Brasil.

Según el embajador de España en Brasil, Manuel de la Cámara Hermoso, “la declaración beneficiará a las relaciones comerciales de ambos países para fortalecer los lazos de cooperación entre las autoridades fiscales y aduaneras”.

Ambas administraciones elaborarán un programa de trabajo con el objetivo de mejorar la asistencia administrativa mutua, impulsar la transparencia y el intercambio de información, contribuir a garantizar la seguridad jurídica y reforzar el compromiso al acuerdo sobre el poryecto BEPS del G20/OCDE, que comprende la lucha contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de los beneficios.

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